lunes, 5 de marzo de 2012

¿Acogimiento familiar o residencial?


Los menores que no son acogidos por familias permanecen durante el tiempo que sea necesario en los centros residenciales tutelados por las administraciones autonómicas, que en estos casos son los que asumen la responsabilidad sobre el menor con respecto a su desarrollo y son también los que deben garantizar la satisfacción de las necesidades del niño en un ambiente adecuado. Esta atención residencia atiende las necesidades sanitarias, materiales, de escolarización, etc. del niño, y durante la estancia en estos lugares la administración intenta que el niño pueda mantener una relación afectiva con su familia, sobre en los menores de corta edad.

Pero no todos los menores tienen las mismas necesidades y características personales y por ello hay que ofrecerles soluciones diferentes. Los niños que mejor se adaptan a un entorno familiar en el que van a estar de forma temporal son los niños hasta 10 años, aunque también se ofrece esta posibilidad a los niños en los que se prevé que la experiencia será beneficiosa para ellos.

Por el contrario hay ocasiones en las que el acogimiento familiar no es recomendable, como en el caso de algunos adolescentes o niños que tiene unos vínculos muy fuertes con sus familias de origen, lo cual les impide adaptarse de forma adecuada al nuevo entorno. Tampoco se recomienda en menores que con determinadas minusvalías psíquicas o que tengan problemas de conducta, ya que estas requieren un entorno educativo concreto. Y por último, no es recomendado en los casos en los que la relación con la familia de acogida no es aceptada por los padres biológicos, pues influiría en el buen desarrollo del acogimiento.

2 comentarios:

  1. creo que esta informacion puede ser muy productiva para los que queremos o pretendemos trabajar algun dia con menores.
    Es informacion del ministerio del menor y la familia de la comunidad de madrid, asi que es informacion que viene de fuente fiable y concreta

    http://www.madrid.org/cs/Satellite?c=CM_Actuaciones_FA&cid=1114194859248&idConsejeria=1109266187278&idListConsj=1109265444710&idOrganismo=1109266227723&language=es&pagename=ComunidadMadrid%2FEstructura&pv=1114194863887&sm=1109266100977

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  2. Pienso que uno de los aspectos negativos que se pueden dar con respecto a estos acogimientos familiares o residenciales es la perdida del vínculo familiar, que en ese momento ya sea por limitaciones o escasez no pueden hacerse cargo la familia biológica del niño.

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